Se cae una de las alianzas concertadas por Hipólito
Se trata de la alianza con el PNVC - El Tribunal Superior Se Electoral (TSE) declaró nula y sin ningún valor jurídico la convención que le dió poderes a su presidente Juan Cohén para pactar con el candidato del PRD
El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró nula y sin ningún valor jurídico la XXXV Convención extraordinaria del Partido Nacional de Veteranos y Civiles (PNVC), que dió poderes a su presidente Juan Cohén para pactar alianza con el candidato presidencial del PRD, Hipólito Mejía.
El tribunal, presidido por Mariano Rodríguez, igualmente declaró nulo el padrón oficial de delegados de esa organización política, utilizado en la convención celebrada el 14 de febrero pasado, por considerarlo violatorio al artículo 41 de los estatutos que rigen a esa organización.
Asimismo, rechazó por improcedente, mal fundado y carente de sustento legal el medio de inadmisión planteado por la parte demandada (Juan Cohén) y la demanda incoada en su contra por el demandante Ricardo Eugenio Manuel Gómez y Juan José Mesa Pérez.
El tribunal, integrado, además, por José Manuel Hernández Peguero, Mabel Féliz, Marino Mendoza, y John Guiliani, rechazó retener los fondos al PNVC.
Sostiene que la interpretación correcta del artículo 45 de los estatutos del PNVC, al disponer que no se pueden hacer cambios en el padrón, por lo menos seis meses antes de la asamblea, se debe entender como una disposición justa y razonable, que busca evitar que en una fecha cercana al evento se adicionen delegados sin calidad que puedan cambiar la correlación de ofertas de la asamblea, entendiéndose fundamental para garantizar la transparencia y equidad de cualquier asamblea o convención.
El presidente del PNVC inscribió esta semana a Mejía como su candidato presidencial ante la Junta, mientras que Ricardo Eugenio Manuel Gómez y Juan José Mesa Pérez inscribieron a Danilo Medina, como su candidato presidencial, lo que está pendiente de conocimiento por parte del organismo electoral.
El tribunal, presidido por Mariano Rodríguez, igualmente declaró nulo el padrón oficial de delegados de esa organización política, utilizado en la convención celebrada el 14 de febrero pasado, por considerarlo violatorio al artículo 41 de los estatutos que rigen a esa organización.
Asimismo, rechazó por improcedente, mal fundado y carente de sustento legal el medio de inadmisión planteado por la parte demandada (Juan Cohén) y la demanda incoada en su contra por el demandante Ricardo Eugenio Manuel Gómez y Juan José Mesa Pérez.
El tribunal, integrado, además, por José Manuel Hernández Peguero, Mabel Féliz, Marino Mendoza, y John Guiliani, rechazó retener los fondos al PNVC.
Sostiene que la interpretación correcta del artículo 45 de los estatutos del PNVC, al disponer que no se pueden hacer cambios en el padrón, por lo menos seis meses antes de la asamblea, se debe entender como una disposición justa y razonable, que busca evitar que en una fecha cercana al evento se adicionen delegados sin calidad que puedan cambiar la correlación de ofertas de la asamblea, entendiéndose fundamental para garantizar la transparencia y equidad de cualquier asamblea o convención.
El presidente del PNVC inscribió esta semana a Mejía como su candidato presidencial ante la Junta, mientras que Ricardo Eugenio Manuel Gómez y Juan José Mesa Pérez inscribieron a Danilo Medina, como su candidato presidencial, lo que está pendiente de conocimiento por parte del organismo electoral.